Empresas de telecomunicaciones se enfrentan con la Subtel por dos casos que involucran entregar datos de sus clientes

20/08/2020

Por un lado, las firmas advirtieron que la subsecretaría les solicitó la información de todos sus usuarios para elaborar una encuesta, lo que consideraron ‘peligroso’. Por otro, un reglamento permitirá que la autoridad obtenga datos a través de un software .

Dos conflictos relacionados a los datos personales de los clientes están enfrentando a las empresas de telecomunicaciones con la autoridad. El primero, se activó luego de que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) oficiara a las compañías para exigir la entrega de todos los datos de los usuarios de sus servicios, incluyendo información de contacto, para elaborar una encuesta de satisfacción de los clientes de la mano de Ipsos, pese a que las firmas indicaron que era ‘innecesario, peligroso’ el liberar esa cantidad de información, indicó el presidente de la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones (Atelmo), Alfie Ulloa. 

 

El segundo flanco de conflicto se activó el lunes, luego de que se publicara la ‘norma técnica’ de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet —que implementará un sistema de medición de los servicios, para fiscalizar que se cumplan con estándares mínimos de calidad (ver recuadro)—, la cual encendió las alarmas de las compañías, particularmente por el artículo 24°: En este, se establece que la OTI (Organismo Técnico Independiente), es decir, la empresa que, tras ganar una licitación, estará a cargo de recopilar la información de los usuarios a través de un software que podrán instalar en celulares o computadores y que será el que permitirá monitorear su velocidad, deberá entregar toda la información a la Subtel. Pero, según la industria, el OTI también obtendrá datos personales del cliente, como información georreferenciada, tipo de tecnología para la conexión, horas de uso, entre otros. 

 

‘El OTI deberá proveer a la Subsecretaría acceso en línea a través de una herramienta de software a todos los repositorios de información, incluyendo datos administrativos, tales como fechas y horas, actividad de los usuarios habilitados, mediciones individuales y de calidad de red, Datos Ambientales, y todos los parámetros almacenados por el OTI (….). La herramienta de software deberá permitir a la Subsecretaría la visualización de la información georreferenciada’, consigna el documento de 22 páginas, donde se establece que la Subtel tendrá ‘acceso en línea a toda información de que disponga el OTI’. El timonel de Atelmo advirtió que toda esta información va más allá de lo necesario para fiscalizar y ‘se alejan de lo que la Constitución y la ley señalan’. ‘Para realizar las mediciones de velocidades, los usuarios entregan un conjunto relevante de información privada, como su georreferenciación, la IP de su comunicación, las características técnicas de sus equipos, etcétera. Con esta información es posible conocer, en cada medición, el día, la hora y el lugar donde se ubica el usuario, además de otros datos sensibles y privados. La norma resta independencia al OTI al exigirle que entregue ‘a través de una herramienta de software’ (Art. 24) a la Subtel todos los datos de los usuarios. 

 

Esta exigencia no es necesaria para realizar las compensaciones a los usuarios, y no se encuentra consagrada en la ley respectiva’, expuso. De hecho, el gremio aseguró que recurrieron a la Contraloría sin éxito y pidieron a la Subtel que la norma técnica sea rectificada. El senador Felipe Harboe (PPD), quien estaba al tanto del reglamento y del recurso al ente contralor, dijo que ‘mi equipo prepara una impugnación a esta resolución de Contraloría, señalando que se viola el principio de proporcionalidad y finalidad de los datos, pues se figuran más datos de los necesarios. Y no se señala su finalidad ni temporalidad de almacenamiento’. En esto último, coincidió Pablo Viollier, abogado de la ONG Derechos Digitales: ‘Un problema es que no queda claro cuál es el motivo de que la Subtel acceda a estos datos en términos nominados o cliente a cliente, y no en forma de estadística. Lo segundo, es que al mismo tiempo, no se establece cuál es específicamente la función de acceder a estos datos. De hecho, cuando en el escrito se habla de la finalidad, dice que la Subtel usará la información para ‘entre otros fines, la elaboración y publicación de informes comparativos’. Lo que deja la puerta abierta’. 

 

Felipe Riesco, abogado socio del estudio Barros, Silva, Varela & Vigil, comentó que la protección de los datos personales está garantizada por la Constitución y en tratados internacionales, por lo que ‘el artículo 24 de la norma técnica de la Subtel viene en amenazar esa garantía, pues determina que las empresas de telecomunicaciones deben monitorear y luego entregar a la autoridad datos que se refieren a hechos o circunstancias de la vida privada o intimidad de las personas, y que permiten determinar aspectos, como los hábitos personales, lo que hace que sean datos sensibles conforme a la ley de protección de datos de carácter personal, lo que hace que no puedan ser objeto de tratamiento, salvo que la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud’. 

 

El presidente del Consejo para la Transparencia, Jorge Jaraquemada, advirtió el riesgo de trasparentar datos georreferenciales: ‘En mi opinión, solo muy indirectamente podría sostenerse que solicitar a las empresas este tipo de información personal de sus clientes está relacionado con el cumplimiento de las funciones de la Subtel, precisamente por aplicación de los principios de finalidad y proporcionalidad. De hecho, si uno revisa la jurisprudencia europea, que tiene los más altos estándares en esta materia, encuentra que este tipo de dilemas ya han sido debatidos y zanjados, en el sentido de que no se les permite a las autoridades recabar ese tipo de datos, porque resulta excesivo para sus funciones y podrían formarse conclusiones precisas sobre los hábitos de los clientes, siendo estos un dato sensible incluso en nuestra actual legislación’. 

 

Subtel se defiende 

 

La Subtel se defendió argumentando que la información que recibirá del OTI estará ‘exclusivamente’ relacionada con datos que ‘permiten indexar las mediciones con compromiso de velocidad’. ‘Cabe precisar que llegará la información solo de los usuarios que voluntariamente piden ser medidos. En esta línea, es el usuario quien debe decidir descargar la aplicación y luego aceptar las condiciones para que se inicie el proceso de medición. En este sentido, recalcamos que la aplicación medirá la velocidad y, posteriormente, será el medio de prueba para que el usuario pueda exigir la velocidad real contratada’. En cuanto al uso de la información, expuso que no se pasa a llevar la confidencialidad de datos personales. ‘Por ningún motivo, pues el OTI tiene prohibido utilizar las muestras recogidas en otras cosas que no estén relacionadas con su función descrita en el Reglamento de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet. 

 

De hecho, hay multas y sanciones muy elevadas en el caso de que hubiera algún tipo de mal uso de información por parte de este. Además, el OTI considerará distintos elementos de ciberseguridad, los que van a permitir resguardar los datos de los usuarios’. Respecto del oficio a las empresas donde piden información de sus clientes para la encuesta de satisfacción, la Subtel aseguró que ‘los datos solicitados a las empresas son una muestra de su base de usuarios totales, además se contactan de manera anónima a través de una empresa de estudio de mercado. 

 

Este es un proceso totalmente transparente y en la Subtel estamos muy confiados de nuestro trabajo, que busca entregar mejores y mayores herramientas para que los usuarios puedan contratar los servicios con la mayor cantidad de información disponible. No obstante, la industria nunca ha estado de acuerdo con que se realicen este tipo de mediciones y encuestas. De hecho, en varias oportunidades han tratado de judicializar, siendo desfavorable el resultado para ellas, ya que los tribunales y la Contraloría han ratificado el rol fiscalizador de la Subtel’.

 

Recuadro:

 

Subtel afina entrada en vigencia de normativa

 

Tres años han pasado desde que se promulgó la ley que establece la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a internet, que fija —entre otras cosas— un porcentaje mínimo de velocidad dependiendo del momento del día: en horario alto, se exige un 95% de la velocidad contratada en servicios fijo y 90% en inalámbrico; en horario bajo, el mínimo es 98% en fijo y 93% en inalámbrico.

 

Si bien ayer fue promulgada su normativa técnica en el Diario Oficial, aún tiene camino por recorrer para su entrada en vigencia. Subtel indicó que el siguiente paso será constituir el OTI e iniciar pruebas piloto del software. 

 

Por otro lado, indicó que existen obligaciones para las empresas desde que se publicó esta normativa técnica, que consisten en que ajusten sus planes a lo que indica la normativa.

‘Una vez publicada la norma técnica, las empresas tendrán 7 días para ajustar sus parrillas comerciales (…) no podrán vender planes con la denominación de ‘banda ancha’ si las velocidades de navegación son inferiores a los 25 Mbps en fijo y 5 Mbps en móvil’. 

 

«Un problema es que no queda claro cuál es el motivo de que la Subtel acceda a estos datos en términos nominados o cliente a cliente, y no en forma de estadística’ .

Pablo Viollier Abogado ONG Derechos Digitales

 

«Para realizar las mediciones de velocidades, los usuarios entregan un conjunto relevante de información privada, como su georreferenciación’

Alfie Ulloa Presidente de Atelmo

 

«Mi equipo está preparando una impugnación a esta resolución de la Contraloría, señalando que se viola el principio de finalidad de los datos’.

Felipe Harboe Senador

 

«Muy indirectamente podría sostenerse que solicitar a las empresas este tipo de información personal de sus clientes está relacionado con el cumplimiento de las funciones de la Subtel’.

 

Jorge Jaraquemada Presidente del Consejo para la Transparencia

Contraloría De acuerdo a Atelmo, recurrieron a la Contraloría, sin éxito, respecto de estas diferencias con la autoridad.

 

Fuente: El Mercurio

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